Outsourcing vs cumplimiento: ¿amigos o enemigos?
El artículo 38 de la Constitución Española reconoce el derecho de libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. A partir de ahí, las compañías son libres de organizar su estructura de la forma que consideren más conveniente. Fue en 2015 cuando la STSJ de Madrid, de 26 de mayo, reconoció el outsourcing como un sistema absolutamente legal siempre y cuando se cumplieran los requisitos expuestos en el artículo 42, además de respetar el 43 y el 44.